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Mediación Familiar

Es un procedimiento o sistema de resolución del conflicto, en el cual un tercero imparcial, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución mediante acuerdos.

Es del caso mencionar que en los casos que debo solicitar mediación familiar: en el caso de Pensión de Alimentos, Para solicitar Régimen comunicacional o Régimen Directo y Regular (visitas) y Cuidado Personal (Tuición).

Es importante mencionar que los antecedentes que debo solicitar o presentar para gestionar la mediación es: Cédula de Identidad, Certificado de nacimiento de niño (a) o adolescente (documento no puede tener más de 30 días desde su fecha de emisión), Certificado de Matrimonio si procediere. Certificado de domicilio de ambas partes y correos y teléfono de ambas partes, para lo ultimo se llena una ficha donde el centro de mediación lo entregará para su confección.

¿Cuál es la ventaja de realizar una mediación?

Confidencialidad: el mediador no puede revelar información a ninguna parte y a nadie sin autorización de las partes, las conversaciones durante la sesión no puede ser usadas por el mediador o replicadas en posteriores juicios.

Rápidez: como la ser mediación, los tiempos son más acotados y los acuerdos son mucho más rápidos que un juicio ante Los Tribunales de Familia, por tanto el mediador tiene un plazo de 60 días corridos para poder llegar acuerdo, pudiendo ser prorrogada hasta por 60 días más.

Por lo general las mediaciones se resuelven dentro de un mes al ser de mutuo acuerdo. En caso de llegar a resolver por la vía judicial, solo la notificación y la primera audiencia son de 30 días en adelante.

Igualdad: ambas partes tienen el mismo derecho y son escuchados, se busca un acuerdo que lleguen las partes sin imponer fuerza al acuerdo.

Acuerdo Voluntario: este acuerdo busca evitar de llegar a judicializar el conflicto, colocando le fin anticipado con un acuerdo de mutuo acuerdo. Esto no quiere decir que a futuro este acuerdo no se Judicialice por incumplimiento de alguna de las partes.

Menos costosa: por este medio al llegar acuerdo voluntariamente se estarán
ahorrando en los honorarios de un juicio.

¿Qué pasa si llegamos a un acuerdo en la mediación Familiar?

Si el acuerdo es aprobado por el tribunal de Familia, tiene el mismo valor que una sentencia. Esto quiere decir que su cumplimiento podrá ser exigido judicialmente.

¿Qué pasa si una de las partes no se presenta o no quiere hacer la mediación?

Sé da que se otorga una certificado de mediación frustrada, es decir, se frustra el proceso judicial, extendiendo un certificado informando que las partes no arribaron a un acuerdo, por ello cualquiera de las partes podrá presentar demanda. Una vez obteniendo el documento de certificado frustrado las partes podrán demandar al tribunal de Familia Competente.

¿Es posible mediar cuando hay una denuncia de Violencia Intrafamiliar?

La regla general es que en estos casos de VIF. o violencia intrafamiliar no se requiere una mediación frustrada, ya que no se puede mediar la Violencia Intrafamiliar entre las partes solo condena o sentencia en tribunales de Familia.

¿Donde puedo reclamar por un servicio de mediación deficiente?
Puede presentar sus reclamos por los siguientes medios:

  • Completando formulario de Atención a la web, velascoabogadosycia.cl/contacto
  • Completando formulario presencial en la oficina de mediación ubicada en Santo Domingo 1443, of. 4 piso 2.
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